Accidentes del Trabajo.
Se entiende por Accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.En caso de ocurrir un accidente, debe informarlo a su jefe directo, quién deberá coordinarlo con el departamento correspondiente y enviar al accidentado a la Mutual. El Departamento a cargo de la emisión de la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) deberá emitirla dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro. Para la Atención médica necesaria, la empresa deberá entregar la DIAT al momento en que el trabajador se presente al centro de atención de la Mutual, en casos de urgencia sólo bastará presentar credencial de identificación de la empresa.Posteriormente al trabajador se le solicitará los documentos necesarios para seguir con los procedimientos legales atingentes.En caso que el trabajador quiera hacer una denuncia de enfermedad profesional, deberá llenar el formulario de Denuncia de Enfermedad Profesional (DEP)
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